Antecedentes Legislativos

 

El origen de la instrumentación de los compromisos por pensiones de las empresas con sus trabajadores y beneficiarios hay que buscarlo en el artículo 8 de la Directiva 80/1987 de la Comunidad Económica Europea.

El régimen de instrumentación, en nuestro país, se configura por las siguientes normas:

  • Ley 30/1995, de 8 de Noviembre, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados.
  • En la adición se recoge el régimen de protección de los compromisos por pensiones asumidos por las empresas con sus trabajadores y beneficiarios, estableciendo que deberán instrumentarse mediante Contratos de Seguros, Planes de Pensiones o de ambos.

    No se admiten fondos internos que supongan que la empresa mantenga la titularidad de los recursos constituidos.

    Se establecen plazos para materializar compromisos por pensiones ya asumidos por las empresas, un régimen de acomodación de los compromisos mediante planes de pensiones y un régimen fiscal.

    Real Decreto 1588/1999, de 15 de Octubre, por el que se aprueba el Reglamento sobre la instrumentación de los compromisos por pensiones de las empresas con los trabajadores y beneficiarios, en adelante, el Reglamento.

    Se desarrolla con carácter permanente la disposición adicional y las transitorias mencionadas, ya que el régimen de adaptación se va a mantener con referencia normativa como mínimo, en los próximos 10 años, siendo extensible hasta 15 o más años.

    Real Decreto 1589/1999, de 15 de Octubre, por el que modifica el reglamento de planes y fondos de pensiones aprobado por el Real Decreto 1307/1988 de 30 de Septiembre.

    Marco Legal:

     

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